
Los títulos Valores, son documentos creados a través de la incorporación de un derecho, cuya posesión es suficiente y necesaria para pode ejercer el derecho en el incorporado por parte de su poseedor legítimo.
La letra de cambio, es un título de crédito formal y complet que contiene una obligación de pagar una suma determinada sin contraprestación en un vencimiento y en un lugar establecido en la misma.
Algunas de las características de la letra de cambio son; es un documento por escrito, es un medio de pago, es un medio crediticio y es un título a la orden.
En la firma de la letra de cambio intervienen el librador que es la persona que emite el documento, el librado que es el obligado a pagar la letra, y el beneficiario, que es el que tiene el derecho de exigir el pago de la letra de cambio.
La letra de cambio, es un título de crédito formal y complet que contiene una obligación de pagar una suma determinada sin contraprestación en un vencimiento y en un lugar establecido en la misma.Algunas de las características de la letra de cambio son; es un documento por escrito, es un medio de pago, es un medio crediticio y es un título a la orden.
En la firma de la letra de cambio intervienen el librador que es la persona que emite el documento, el librado que es el obligado a pagar la letra, y el beneficiario, que es el que tiene el derecho de exigir el pago de la letra de cambio.




























El orígen de la bolsa como institución se da al final del siglo xv en las ferias medievales de la Europa Occidental. En estas ferias se inició la práctica de las transacciones de valores mobiliarios y títulos.

Factores y Dependientes; los corredores son agentes de comercio que dispensan su mediación a los comerciantes para facilitarles la conclusión de sus contratos. En el codigo de comercio se dice que el corredor encaragado de una operación no está por esto autorizado para recibir o hacer pagos, ni para cumplir o exigir el cumplimiento de cualesquiera otras obligaciones de los contratantes, también dice que el corredor no tiene derecho al corretaje si no se lleva a conclusión el asunto en que interviene. Dice que los corredores que intervengan en negociaciones de Bolsa darán cuenta a la Junta Directiva de todos los contratos verificados por su mediación.

