miércoles, 15 de agosto de 2007

Exposición Nº 9

Sociedad de Responsabilidad Limitada;según el Código de Comercio es aquella en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado, dividido e cuotas de participación, las cuales no podrán estar representadas en ningún caso por acciones o titulos negociales.
Algunas de las características son; personalidad jurídica dice que sus fundamentos se pueden encontrar en los otros tipos de sociedades ya sean sonalistas o capitalistas. La responsabilidad de los socios se limita exclusivamente al capital aportado por cada uno, la denominación social, es decir el nombre por el cual se identificará la sociedad.
El capital y el capital fundacional.
Capital social; dice que depende de la voluntad de las partes, es decir, que ellos decidirán de cuanto estará conformado el capital social, pero como lo establece el Co de co en el artículo 315, dicho capital no podrá ser menor de veinte mil bolivares, ni mayor de dos millones de bolívares.
Los socios, la condición de socio está determinada por la posesión y desembolso de al menos, una cuota de participación, no existe un mínimo legal respecto al número de socios.
La organización es decir la estructura que posee la compañía de responsabilidad limitada, es bastante parecida a la de una compañía anónima o en comandita por acciones, ya que también en este tipo de sociedades, se preveé el funcionamiento de los tres órganos sociales: la asamblea, administrador y comisarios, teniendo cada uno su propia competencia y razón de ser.
Bibliografía Código de Comercio y trictico de la exposición.

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