jueves, 16 de agosto de 2007

Exposición Nº 6


El Contrato de Arrendamiento se podría definir como un contrato por el cual una de las partes, llamada Arrendador, se obliga a la entrega de una cosa para que su contraparte, el Arrendatario, la tenga a nombre y en lugar del dueño, use y goce de ella, pagando al arrendador un precio por el mismo.

El Código Civil Venezolano (C.C.V) en su artículo 1579 expresa “El arrendamiento es un contrato por el cual una de las partes contratantes se obliga a hacer gozar a la otra de una cosa mueble o inmueble, por cierto tiempo y mediante un precio determinado que ésta se obliga a pagar a aquélla.
Se entenderá que son ventas a plazo, los arrendamientos de cosas muebles con la obligación de transmitir al arrendatario en cualquier tiempo la propiedad de las cosas arrendadas.”





Reglas Comunes al Arrendamiento de Casas y de Predios Rústicos:
Los inmuebles no pueden arrendarse por más de quince años. Los arrendamientos
celebrados por más de aquel tiempo se limitan a los quince años. Toda estipulación contraria es de ningún efecto.
Si se trata del arrendamiento de una casa para habitarla, puede estipularse que dure hasta por toda la vida del arrendatario.
Los arrendamientos de terrenos completamente incultos, bajo la condición de desmontarlos y cultivarlos, si pueden extenderse hasta cincuenta años (Art. 1.580 C.C.V).
El Leasing, se podría definir como una operación efectuada por sociedades especializadas, que, a petición de sus clientes, compran bienes y equipos y los ponen a disposición de las firmas peticionarias, en forma de arrendamiento, ligado a condiciones especiales y a pagos convenidos.
El "leasing" tiene en la actualidad mundial diferentes formas, como el arrendamiento financiero ó leasing tradicional que es el contrato por el cual el arrendatario se obliga a pagar ciertas cantidades al arrendador. Este último se compromete a poner a la disposición del arrendatario un material conforme a las indicaciones y deseos de éste.
Bibliografía, trictico de la exposición.

1 comentario:

ER dijo...

hola!bien el desarrollo de la exposicion,interesante tema